Para concluir con esta triada infame, cerramos el
diálogo en torno a las Reformas de Estado discutiendo los pormenores de la hacendaria
y fiscal en compañía de José Luis Castellanos González, Doctor en Derecho Fiscal y de Juan Ramón Olagues Cervantes, Maestro en Impuestos.
Lo primero que hay que
clarificar son las diferencias al referirnos a lo hacendario y a lo fiscal.
¿En qué consiste esta reforma? Uno de nuestros invitados no duda en calificarla
como recaudatoria, persecutoria, intimidatoria e inquisitoria, enfatizando que
la modificación de las leyes respondió a la avidez de incrementar los ingresos,
aunque desgraciadamente esto recayó solo en algunos de los contribuyentes -los
que menos tienen y quienes ya pagaban, como siempre suele ser- dejando de lado de
nuevo a quienes no figuraban en el padrón del servicio de administración
tributaria a pesar de ser población económicamente activa. Estas modificaciones
dan como resultado impuestos de primera que entregan jugosos ingresos para los
gastos públicos, a pesar de que los servicios que recibamos sigan siendo de
tercera.
¿Cuántos son los
contribuyentes registrados de acuerdo al INEGI? ¿Quiénes son los afectados por
esta reforma? ¿Cómo afecta a nuestros
bolsillos?¿Significa
algo que se hayan introducido 7 mil amparos en contra de las nuevas medidas recaudatorias?
¿Cuál será la repercusión inmediata de esto? ¿Cuáles son sus bondades, si las hubiera?
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